Desde hace décadas se debate a nivel mundial en el plano judicial y doctrinal sobre la naturaleza del derecho de acceso a la información pública. En la actualidad, puede hablarse de una decantación ...mayoritaria hacia su consideración como derecho fundamental, sea autónomo, en las cartas de derechos fundamentales más recientes, sea como parte del contenido de la libertad de información, en las más veteranas. De ello damos cuenta en la primera parte de este trabajo, poniendo especial atención en las conclusiones extraídas del Derecho internacional y europeo, pues, conforme dispone el artículo 10.2 de la Constitución Española, “las normas relativas a los derechos fundamentales que la Constitución reconoce se interpretarán de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos y acuerdos internacionales sobre la misma materia ratificados por España”. Prestaremos especial atención a la nueva jurisprudencia sobre el tema emanada del Tribunal Europeo de Derechos Humanos.
En España, el debate, tanto a nivel político como doctrinal, ha sido particularmente intenso, muy especialmente a partir de la tramitación, aprobación y entrada en vigor de la Ley 19/2013, de 9 de noviembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. También nuestros tribunales internos se han pronunciado al respecto.
Sobre ello se reflexiona en la segunda parte de este trabajo para llegar a unas conclusiones sobre la naturaleza del derecho de acceso y la dificultad del encaje entre la dogmática tradicional de la libertad de información y el derecho de acceso a la información en la sociedad tecnológica en la que vivimos.
Los efectos directos y la fuerza vinculante de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea suponen que un número creciente de cuestiones prejudiciales planteadas por los jueces ...nacionales ordinarios ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea tenga por objeto la interpretación de los derechos fundamental ahí protegidos. El hecho de que la mayoría de los derechos de la Carta estén reconocidos también por las constituciones nacionales puede llevar a que el mismo juez tenga dudas sobre la conformidad de la norma relevante para resolver un caso concreto tanto con la Constitución de su país como con la Carta. El presente trabajo reconstruye en sentido crítico las etapas de la jurisprudencia constitucional italiana aplicable a los casos de «doble prejudicialidad» como el descrito. En particular, el artículo se centra en la nueva doctrina de la Corte Constitucional en esta materia inaugurada con la Sentencia 269/2017, y sus trascendentes consecuencias sobre el diálogo entre tribunales.
The direct effects of the Charter of Fundamental Rights of the European Union have the consequence that an increasing number of preliminary ruling to the Court of Justice of the European Union is intended to interpret the fundamental rights protected there. The fact that most of the rights of the Charter are also recognized by national constitutions may lead to the same national judge having doubts about the conformity of the relevant norm both with the Constitution of his country and with the Charter. The present work critically reconstructs the phases of Italian constitutional jurisprudence applicable to cases of «double preliminary ruling» as described. In particular, the article focuses on the new doctrine of the Constitutional Court in this matter opened with judgment 269/2017, and its transcendent consequences on the dialogue between courts.
This essay tries to establish the basic patterns that judges must follow when facing the adjudication of the Charter of Fundamental Rights of the European Union. The basic point of reference is the ...case law of the European Court of Justice. But they also must be take into account the case law of the Spanish Constitutional Court and the European Court of Human Rights. After the study of the most important cases in the topic, the essay attempts to clarify when and how to follow the jurisprudence of these High Courts.
En este ensayo se pretende examinar cuáles son las pautas que ha de seguir el juez nacional cuando se enfrenta a la aplicación de la CDFUE. El punto de referencia básico en esta materia ha de ser la jurisprudencia sobre el tema del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. De forma complementaria habrá de tenerse en cuenta la posición del Tribunal Constitucional y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. A partir de lo ocurrido en los casos más importantes hasta ahora planteados se pretende esclarecer cuándo y cómo ha de seguirse la jurisprudencia de los tres altos tribunales
This article, after a brief reference to Articles 7 and 8 of the Charter of fundamental rights of the European Union and to the manner in which such provisions
were interpreted in the first stage of ...the case law of the Court of Luxembourg, focuses on the reasoning of the Court in the decisions under examination. The article
highlights, in particular, the role played by the provisions of the Charter in the reasoning of the judges and its impact on the final decisions taken by the Court. The
concluding remarks then analyze the consequences which seem to derive from the
assessment made by the Court of Justice, when it focuses on the digital domain instead of the analog, which translate into a reduction in the level of protection of
certain fundamental rights.
Este artículo, tras una breve referencia a los arts. 7 y 8 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea y a la forma en la que ambos preceptos han
sido interpretados en la primera etapa de la jurisprudencia del Tribunal de Luxemburgo, se centrará en la argumentación realizada por el Tribunal en los casos a examen.
El artículo destacará, en especial, el papel jugado por las disposiciones de la Carta en
la argumentación de los magistrados y su impacto en las decisiones finales adoptadas
por el Tribunal. Las conclusiones analizarán las consecuencias que parecen derivarse
de la ponderación hecha por el Tribunal de Justicia cuando se centra en el ámbito
digital en lugar del analógico, que se traducen en una reducción del nivel de protección de ciertos derechos fundamentales.
This essay tries to establish the basic patterns that judges must follow when facing the adjudication of the Charter of Fundamental Rights of the European Union. The basic point of reference is the ...case law of the European Court of Justice. But they also must be take into account the case law of the Spanish Constitutional Court and the European Court of Human Rights. After the study of the most important cases in the topic, the essay attempts to clarify when and how to follow the jurisprudence of these High Courts.
En este ensayo se pretende examinar cuáles son las pautas que ha de seguir el juez nacional cuando se enfrenta a la aplicación de la CDFUE. El punto de referencia básico en esta materia ha de ser la jurisprudencia sobre el tema del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. De forma complementaria habrá de tenerse en cuenta la posición del Tribunal Constitucional y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. A partir de lo ocurrido en los casos más importantes hasta ahora planteados se pretende esclarecer cuándo y cómo ha de seguirse la jurisprudencia de los tres altos tribunales.