En los arbitrajes internacionales de inversión, usualmente se niega la protección internacional a las inversiones efectuadas mediante actos de corrupción al declararse la mayoría de tribunales ...arbitrales de inversión sin jurisdicción o inadmisibles las demandas. Estas decisiones, inevitablemente, en forma indirecta, conllevan a la exoneración de responsabilidad internacional de los Estados demandados por la corrupción de sus funcionarios públicos, aun cuando estos delitos no se configuran de manera unilateral pues existe, en la mayoría de los casos, responsabilidad compartida entre el inversionista y el Estado. Al no sancionarse la corrupción, se agrava la actual crisis del sistema de solución de controversias de inversión, la misma que, por el contrario, requiere de soluciones consensuadas y urgentes que garanticen una reforma seria y sostenible.
Ante este preocupante escenario, se examinan en este artículo mecanismos para lograr la confluencia entre el derecho internacional de las inversiones, el derecho internacional anticorrupción y las normas internacionales sobre responsabilidad internacional de los Estados por hechos ilícitos. Sostenemos que si se comprueban comportamientos ilícitos de funcionarios públicos, dependiendo de las circunstancias de cada caso, los tribunales arbitrales de inversión deben pronunciarse sobre la responsabilidad internacional de los Estados demandados por incumplir las obligaciones emanadas de los tratados internacionales anticorrupción y de inversión. Asimismo, dependiendo del caso, deben sancionar a inversionistas y Estados, puesto que ambas partes podrían ser responsables de la comisión de delitos de corrupción.
Reconociendo las limitaciones propias de las facultades de los tribunales arbitrales, es posible afirmar que estos no deben mantenerse al margen de la lucha internacional contra la corrupción, conforme a lo acordado por la comunidad internacional en los tratados existentes sobre la materia, siendo esto lo que ocurre cuando se declaran sin jurisdicción, evitando pronunciarse sobre los actos de corrupción identificados en el caso concreto.
Le droit international encadre l’exercice de la diplomatie des États dans une finalité de prévenir l’insécurité et, par extension, les conflits armés. Le droit de la diplomatie préventive reflète ...ainsi l’idée que la prévention de risques imminents de dommages matériels graves délimite l’objet d’un principe général de droit international. L’affirmation d’un principe est fondée sur l’analyse inductive des conventions majeures conclues en matière de maintien de la sécurité collective de 1899 à 1945. Elle est vérifiée à la lumière de la pratique de leur application par les Membres de la SdN et, depuis 1945, de l’ONU. Le caractère général de ce principe est déduit d’une étude combinée de la jurisprudence d’un nombre de juridictions internationales dans une variété de domaines du droit international. Les efforts individuels et collectifs de prévention des conflits obéissent donc à un régime juridique général qui organise le système contemporain de maintien de la paix internationale.
International law regulates States’ diplomacy for the purpose of preventing insecurity, and, by extension, armed conflicts. Accordingly, the law of preventive diplomacy reflects, in a sense, the idea that prevention of imminent risks of serious material damages defines a general principle of international law. The assertion of such a principle is based on an inductive analysis of the major treaties on collective security concluded between 1899 and 1945. It is verified in light of their application by Member States of the League of Nations and, since 1945, of the United Nations. The general nature of this principle is deduced from a combined study of the jurisprudence of a number of international courts and tribunals in various fields of international law. Those findings support the idea that individual and collective efforts of conflict prevention are subject to the respect of a general legal regime governing the current international system of peace-maintenance and collective security.