En los comienzos de la televisión, la producción y el consumo televisivo en Europa se guiaban por unos parámetros que durante los años ochenta se transformaron por completo. Desde aquel momento, se ...dieron una serie de alteraciones a partir de las cuales diversos investigadores establecieron dos modelos televisivos: la paleotelevisión y la neotelevisión. La paleotelevisión sería la que existía hasta mediados de los ochenta. La neotelevisión es la propia de nuestros días, nacida de la competencia que las cadenas de televisión privada supusieron para las televisiones públicas, que hasta el momento habían sido únicas, hegemónicas. A partir de este momento, se modifican tanto la televisión en sí misma como los modos de producción de contenidos, y por supuesto, las relaciones que las cadenas, sean públicas o privadas, establecen con los telespectadores
Introducción: La participación de España en ensayos clínicos es una prueba fehaciente de su desarrollo en I+D en el sector salud y de intentar seguir a la vanguardia en cuanto a investigación médica ...se refiere. El nuevo reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo sobre ensayos clínicos de medicamentos de uso humano (Reglamento UE 536/2014, de 16 de abril) deroga la legislación hasta ahora vigente (Directiva 2001/20/CE, de 4 de abril) obligando a modificar el Real Decreto español (RD 223/2004, de 16 de febrero), desarrollando aquellos aspectos que se dejan en mano de la legislación nacional. Objetivo: Analizar las principales modificaciones introducidas por el nuevo RD en investigación clínica (RD 1090/2015, de 4 de diciembre) que regula los ensayos clínicos con medicamentos, los Comités de Ética de la Investigación con medicamentos (CEIm) y el Registro español de ensayos clínicos y compararlas respecto a la normativa anterior. Material y Métodos: Se revisaron los RD 1090/2015, de 4 de diciembre y 223/2004, de 16 de febrero y se compararon las diferencias más destacables entre ambas normativas. Resultados: El nuevo desarrollo normativo introduce novedades importantes. Se abre la opción para la unificación del análisis de las solicitudes, de manera que junto con la autorización del ensayo clínico emitida por la AEMPS, únicamente haga falta que un CEIm acreditado emita su dictamen positivo que será vinculante. Regula nuevas definiciones, como la de ensayo clínico de bajo nivel de intervención, sujeto a normas menos rigurosas. Diferencia entre Comité de ética de la investigación (CEI) y CEIm, estableciendo los requisitos adicionales para pasar de ser CEI a CEIm. Define investigación clínica sin ánimo comercial (en la que el promotor es una universidad, hospital, organización científica pública, organización sin ánimo de lucro, organización de pacientes o investigador individual sin participación de la industria farmacéutica). Abre la opción de contratar un ensayo clínico previamente a su autorización. Define las indemnizaciones por daños y cómo se lleva a cabo la evaluación de los ensayos clínicos. Incorpora la figura del representante legalmente designado para sujetos incapaces y menores. Estipula las condiciones en situaciones de urgencia, embarazadas y periodos de lactancia así como del consentimiento informado. La principal novedad es el expediente único del ensayo clínico con dos partes, una de documentación para la Unión Europea (parte I) y otra de documentación nacional (parte II). Todos los datos tienen que ser enviados a una base de datos y un portal web de la Unión Europea de acceso público. Conclusiones: La nueva normativa propone dar un importante impulso a la investigación clínica en España con medicamentos, simplificando las trabas administrativas y agilizando la realización de estudios multicéntricos simultáneos en toda Europa. Mejora la delimitación de responsabilidades de los agentes que participan, aumenta la seguridad de los sujetos del ensayo, y a la vez, incrementa la eficiencia en los procesos de evaluación y comunicación implicados.
Introducción: La participación de España en ensayos clínicos es una prueba fehaciente de su desarrollo en I+D en el sector salud y de intentar seguir a la vanguardia en cuanto a investigación médica ...se refiere. El nuevo reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo sobre ensayos clínicos de medicamentos de uso humano (Reglamento UE 536/2014, de 16 de abril) deroga la legislación hasta ahora vigente (Directiva 2001/20/CE, de 4 de abril) obligando a modificar el Real Decreto español (RD 223/2004, de 16 de febrero), desarrollando aquellos aspectos que se dejan en mano de la legislación nacional. Objetivo: Analizar las principales modificaciones introducidas por el nuevo RD en investigación clínica (RD 1090/2015, de 4 de diciembre) que regula los ensayos clínicos con medicamentos, los Comités de Ética de la Investigación con medicamentos (CEIm) y el Registro español de ensayos clínicos y compararlas respecto a la normativa anterior. Material y Métodos: Se revisaron los RD 1090/2015, de 4 de diciembre y 223/2004, de 16 de febrero y se compararon las diferencias más destacables entre ambas normativas. Resultados: El nuevo desarrollo normativo introduce novedades importantes. Se abre la opción para la unificación del análisis de las solicitudes, de manera que junto con la autorización del ensayo clínico emitida por la AEMPS, únicamente haga falta que un CEIm acreditado emita su dictamen positivo que será vinculante. Regula nuevas definiciones, como la de ensayo clínico de bajo nivel de intervención, sujeto a normas menos rigurosas. Diferencia entre Comité de ética de la investigación (CEI) y CEIm, estableciendo los requisitos adicionales para pasar de ser CEI a CEIm. Define investigación clínica sin ánimo comercial (en la que el promotor es una universidad, hospital, organización científica pública, organización sin ánimo de lucro, organización de pacientes o investigador individual sin participación de la industria farmacéutica). Abre la opción de contratar un ensayo clínico previamente a su autorización. Define las indemnizaciones por daños y cómo se lleva a cabo la evaluación de los ensayos clínicos. Incorpora la figura del representante legalmente designado para sujetos incapaces y menores. Estipula las condiciones en situaciones de urgencia, embarazadas y periodos de lactancia así como del consentimiento informado. La principal novedad es el expediente único del ensayo clínico con dos partes, una de documentación para la Unión Europea (parte I) y otra de documentación nacional (parte II). Todos los datos tienen que ser enviados a una base de datos y un portal web de la Unión Europea de acceso público. Conclusiones: La nueva normativa propone dar un importante impulso a la investigación clínica en España con medicamentos, simplificando las trabas administrativas y agilizando la realización de estudios multicéntricos simultáneos en toda Europa. Mejora la delimitación de responsabilidades de los agentes que participan, aumenta la seguridad de los sujetos del ensayo, y a la vez, incrementa la eficiencia en los procesos de evaluación y comunicación implicados.
Es una técnica no invasiva que además de estudiar la morfología de la FAV, determina signos de maduración , lleva un seguimiento de parámetros hemodinámicos, valora exhaustivamente todo el trayecto ...de la FAV para detectar aquellas zonas que debemos evitar al pinchar (hematoma, calcificaciones, estenosis, etc.) y nos permite además realizar una punción ecodirigida, mediante la observación directa de la trayectoria de la aguja durante la punción, al poder usarse dentro de la sala de hemodiálisis, a pie de cama del paciente. Método: Se entrenó al personal de enfermería de la unidad al manejo del ecógrafo por parte de un cirujano vascular. Este entrenamiento constó de dos partes: una parte teórica, que se hizo en grupo, y otra en la que enfermería colaboró con el cirujano en la consulta del centro, en la que realizó valoraciones de FAV recién intervenidas a nuestros pacientes crónicos que presentaban cualquier problema en su AV (punciones que comienzan a ser problemáticas, problemas de flujo, etc.) y estando presentes además en el quirófano en las intervenciones quirúrgicas de realización de FAV.
Tesis de doctorado--Facultad de historia y letras--Buenos Aires--Universidad del Salvador.
PRHISCO - CONICET = Programa de investigaciones sobre Hispanoamérica colonial del Consejo nacional de ...investigaciones científicas y técnicas, Argentina. Bibliogr. p. 265-293.
Este trabajo se centra en el intento de la Ley 27/2013, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local, de limitar, al socaire del principio de equilibrio presupuestario, los ...servicios públicos que hasta el momento venían prestando las entidades locales. El punto de partida es el análisis de las medidas adoptadas como consecuencia de la crisis económica, así como de las medidas normativas de reforma de la Administración local. De este marco se derivan un nuevo régimen de las competencias locales, la reforma de los modos de gestión de los servicios públicos, así como novedades relativas al papel y la intervención local en la iniciativa económica y en la reserva de recursos y servicios esenciales al ámbito local.
Introducción: La educación sanitaria sobre la dieta así como la toma correcta de la medicación es una parte más del cuidado del paciente renal y su correcto seguimiento ayudará al enfermo a mantener ...un estado de bienestar y disminuir el riesgo de comorbilidad y mortalidad. Diariamente desempeñando nuestro trabajo observamos que los pacientes presentan con cierta frecuencia dudas y comportamientos que sugieren un déficit de conocimientos sobre la hemodiálisis y los aspectos que la rodean (cumplimiento del tratamiento, aspectos generales, dieta...), con lo que decidimos realizar un estudio para conocer lo que saben nuestros enfermos sobre la hemodiálisis. Material y métodos: Los datos fueron analizados mediante el paquete estadístico SPSS versión 22 para Windows. Resultados: Del total de la muestra, 41 son hombres (54,7%) y 34 mujeres (45,3%), con una media de edad de 67,07 ± 11,52. El tiempo en diálisis que predomina es igual o superior a 3 años (49,3%), sobre los que llevan de 1 a 3 años (26,7%) y menos de 1 año (24%). Conclusiones: El papel de enfermería en hemodiálisis no sólo abarca técnica en acceso vascular y buen manejo del monitor, sino que la educación sanitaria es un pilar muy importante. Los conocimientos deficientes en un porcentaje preocupante de nuestros pacientes sobre la dieta y la medicación pueden dar lugar a un aumento de la morbimortalidad, por lo que deberíamos incidir más en este aspecto de nuestra labor enfermera. Ana Soraya Gómez David, Centro de Diálisis de Málaga, Málaga; Mónica Martín Cano, Centro de Diálisis de Málaga, Málaga; Alejandro Barbero Hidalgo, Centro de Diálisis de Málaga, Málaga